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TE INVITAMOS

A formar parte de un nuevo estilo en Educación

Programa Académico

Sample icon1Nuestro programa de estudio contiene los últimos cambios curriculares regidos por el Ministerio de Educación, ofreciendo a nuestros estudiantes la más alta excelencia académica.

Seguimiento Estudiantil

Sample icon 2 Contamos con excelentes catedráticos que ayudarán en la capacitación y regulación de las actividades que realiza cada estudiante, informándoles diariamente de las irregularidades que se presenten.

Servicios Educativos

Sample icon 3Todos nuestros estudiantes cuentan con los siguientes servicios: Psicopedagógico, Departamento Médico, Biblioteca, Laboratorios, Deportes, Banda Musical e Internet.

Reglamento de Disciplina

El consejo Directivo del Liceo Mixto Particular "Albert Einstein" de la ciudad de San Francisco de Milagro, Cantón de este nombre, en la Provincia del Guayas, en uso de las atribuciones que el Reglamento de Educación Vigente le Confiere y,

CONSIDERANDO:

  1. Que la ubicación Geográfica, condiciones Socio-económicas y urgencias educacionales en el proceso de evolución Científica y Tecnológica de la era actual, exigen cambios estructurales en el campo educacional.
  2. Que la necesidad de profesionalización de la juventud demanda urgente atención.
  3. Que para lograr la máxima eficiencia en el desarrollo tecnológico se requiere de instrumentos legales que haciendo operativos los planes y proyectos coadyuden al mejoramiento cualitativo de la educación técnica en nuestro País .
  4. Que es necesario armonizar la Educación con la Ciencia y la Tecnología mediante nuevos elementos que permitan cumplir con el lema Institucional "Educar para la vida".
  5. Que es necesario ordenar el currículum del Bachillerato en concordancia con el Derecho Ejecutivo 1786 del 21 de Agosto del 2001.

RESUELVE:

Que a partir de su aprobación entre en vigencia y se constituya en el soporte legal que puntualice ciertas disposiciones que no consta en el Reglamento General de la Ley de Educación.

DISCIPLINA Y SANCIONES

Art. 270.- En caso de inculplimiento o transgresión de las disposiciones reglamentarias, por parte de los alumnos del nivel medio, individual o colectivamente, se aplicará una de las siguientes sanciones, de acuerdo con la gravedad de la falta:

a) Amonestación privada por el profesor o inspector de curso;

b) Amonestación escrita por parte del inspector general;

c) Rebaja prudencial de la nota trimenstral de disciplina, impuesta por la Junta de Curso;

d) Negación de matrícula para el próximo año escolar, en el mismo plantel, impuesta por el rector;

e) Aplazamiento del exámen del tercer trimestre o de grado, hasta en tres materias, resuelta por el rector, previo informe de la junta de curso;

f) Separación del colegio por el resto del año lectivo, decretada por el rector; y

g) Separación del colegio, por el resto del año lectivo y negación de matrícula para el siguiente, impuesta por el Consejo Directivo.

Las sanciones determinadas en los literales c, d y e, serán comunicadas de inmediato al padre o representante.

Para la aplicación de las sanciones puntualizadas en los literales f y g, deberá proceder el dictamen de la junta de curso, sobre la base del informe de la comisión de disciplina. En estos casos el alumno sancionado tendrá derecho a apelar ante el Director Provincial de Educación. El Ministerio podrá aplicar cualquiera de estas sanciones, según la gravedad de la falta. Su decisión será inapelable.

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Inf. Secretaria del Plantel, Urb. Quinta Patricia
Telefax: 042710373 - 042711368 - 0996458084
Email: Esta dirección de correo está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.